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Servicio Electoral
de Chile

 

Señor Director:

En relación con las elecciones internas de los partidos políticos y la confección de los padrones de afiliados, el Consejo Directivo del Servicio Electoral debe reiterar que, de acuerdo con el inciso séptimo del artículo 26 de la Ley 18.603 de Partidos Políticos, los padrones de afiliados que debe proporcionar el Servicio Electoral, solo pueden considerar a los afiliados inscritos al partido con a lo menos tres meses de anticipación a la respectiva elección. Por consiguiente, cualquier solicitud de afiliación o reafiliación de militantes suspendidos que se reciba con posterioridad al cierre mencionado, no puede ser incluida en el padrón que se entrega para la respectiva elección interna del partido.

 

Patricio Santamaría Mutis

Presidente del Consejo Directivo

 

José Miguel Bulnes Concha

Juanita Gana Quiroz

Alfredo Joignant Rondón

Andrés Tagle Domínguez

Consejeros Servicio Electoral de Chile

Columna de opinión del presidente del Consejo Directivo Patricio Santamaría Mutis – 23 de diciembre

 

Chile debe estar orgulloso de su sistema electoral

Hemos concluido la quinta vez en la historia de Chile en que en una segunda votación se elige al Presidente de la República, y sus resultados fueron conocidos por todos desde las 18:00 horas del mismo día de la elección, marcando una clara tendencia una hora después. Resultados que en esa misma tarde mostraron gestos de amistad cívica que han sido reconocidos a nivel nacional e internacional.

Ciertamente, debemos estar orgullosos como país de la rapidez y transparencia de los resultados, que contribuyen a la confianza de la ciudadanía en general, pero también de los nuevos estándares que la legislación a impuesto al desarrollo de estas elecciones, donde el financiamiento de las campañas y el despliegue de la propaganda están totalmente regulados.

Fruto de la excelencia con que se han desarrollado cada una las elecciones que vivimos este año, tanto por las instituciones involucradas como por los mismos candidatos, y más allá de toda proyección, hemos llegado a un electorado más joven, más diverso y más comprometido.

Desde que entró en vigencia la nueva legislación sobre inscripción automática y voto voluntario, en 2012, si bien la participación venía a la baja, ésta se acrecentó en las Elecciones Municipales 2016, llegando a un 34%. Sin embargo, en las elecciones generales y en la segunda votación presidencial esta tendencia detuvo su avance, logrando en términos netos la mayor cantidad de electores desde la aplicación de esta nueva normativa, con 6.700.746 y 7.032.523 de votos emitidos, que representan un 46% y un 49,02%, respectivamente.

Este compromiso, también se muestra en el trabajo que desarrollan algunos ciudadanos como vocales de mesa, miembros de los colegios escrutadores, delegados de local y apoderados. Todos ellos cumplieron una labor fundamental, ya que en definitiva son el rostro de la jornada electoral, recibiendo los sufragios, realizando los escrutinios y las gestiones necesarias para que cada elector pueda cumplir con su derecho.

Dentro de los próximos días, por medio de la declaración del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), conoceremos el escrutinio general y la calificación de la segunda votación presidencial, los cuales el país espera confiado.

Sin duda, todo proceso de la amplitud del que acabamos de experimentar es perfectible, y por ello ahora corresponde identificar y sistematizar aquellos aspectos a corregir, para trabajar en las mejoras requeridas, a fin de que este sistema se siga robusteciendo y convocando a más electores en cada votación.

En este contexto, es clave la educación cívica, que si bien parte en los colegios y en las familias para formar a los futuros ciudadanos, debe continuar fortaleciéndose a lo largo de la vida de los electores, informando los cambios legislativos que impactan en el sistema electoral, y los nuevos mecanismos para participar en política y determinar a los candidatos electos, entre otros. Y es por ello que nuestro Servicio ya está trazando las líneas de este trabajo, que es tan importante y que involucra a la sociedad en su conjunto.

Carta del director Raúl García Aspillaga a El Mercurio – 23 de noviembre

 

En relación a la carta enviada el día de ayer por el jefe de la Unidad Jurídica Judicial del INDH, Rodrigo Bustos Bottai, se me hace un deber señalar que el Servel adoptó todas las medidas que la ley le ordenaba para que las personas privadas de libertad y que no se encontraban inhabilitadas para hacerlo, pudieran ejercer su derecho a sufragio en las elecciones del pasado 19 de noviembre.  En efecto, el Servicio Electoral tiene inscritas a dichas personas en el Registro Electoral y en los Padrones Electorales, como asimismo las tiene asignadas a las mesas receptoras de sufragio correspondientes al domicilio electoral de cada una de ellas, tal como ordena la ley.  Cualquier otra medida que hubiese adoptado el Servicio Electoral en relación a tales electores, tal como haber designado a los recintos penitenciarios como locales de votación para que en ellos funcionaren mesas receptoras de sufragios ad-hoc, esto es, integradas exclusivamente por las personas privadas de libertad que se encontraren en dichos recintos, habría constituido una infracción a las leyes que regulan el Sistema Electoral Público en Chile.  En definitiva y tal como lo ha reconocido la misma Corte Suprema en algunos de sus fallos recientes, la posibilidad real de que las personas privadas de libertad puedan ejercer su derecho a sufragio pasa necesariamente por introducir modificaciones a la legislación electoral.